El Consejo Técnico Consultivo Escolar es un órgano colegiado de consulta, asesoría, dictamen y apoyo al Director de la misma, con la participación de las representaciones de los distintos sectores de la comunidad como lo establece el artículo 28 de la Ley Orgánica:
I. El Director de la escuela, centro o unidad, quien lo presidirá;
II.- Los subdirectores académico, técnico y administrativo de la escuela, centro o unidad. El Subdirector Académico fungirá como secretario;
III.- Dos representantes profesores por cada una de las áreas de las especialidades que se impartan en la escuela, centro o unidad;
IV.- Dos representantes alumnos por cada una de las áreas de las especialidades que se imparten en la escuela, centro o unidad,
V.- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los Comités Ejecutivos Delegacionales correspondientes.
Tú puedes formar parte de él, revisa el reglamento interno en su Capitulo III. De los Consejos Técnicos Consultivos Escolares (Artículos 202-216) y entérate de la importancia de sus funciones.
Conoce a los profesores y alumnos quienes junto con el director del plantel y subdirectores, conforman el Consejo Técnico Consultivo Escolar para el periodo 2020-2021.